Parece ser que al gobierno de Brasil le resulta más conveniente persuadir e intimidar a los manifestantes que se oponen al mundial de futbol, que garantizarle a los ciudadanos la libertad de expresión y manifestación. Esto debido a que se ha citado para este sábado a activistas brasileños a comparecer ante las autoridades públicas para desestimar delitos de asociación criminal, precisamente el mismo día y a la misma hora en que se realizará en Brasil la segunda manifestación en protesta por el mundial.
Lo que supone que el Estado y sus aparatos coercitivos van a intentar controlar a la sociedad civil que cuestiona sus acciones, ¿pero en realidad son válidos estos actos de persuasión hacia los manifestantes más activos? y en este mismo sentido, ¿deben asistir al llamado de las autoridades? Es claro que los jóvenes podrían ser acusados de desacato y desobediencia o incluso podrían ser multados si no lo hacen. Pero entonces, ¿de qué clase de libertad se está hablando cuando la ley debe servir para proteger los derechos y fundamentales de las personas?, ¿Estos jóvenes deben desobedecer el llamado de la autoridad o deben expresar su indignación ante el mundial próximo a realizarse?
Lo que supone que el Estado y sus aparatos coercitivos van a intentar controlar a la sociedad civil que cuestiona sus acciones, ¿pero en realidad son válidos estos actos de persuasión hacia los manifestantes más activos? y en este mismo sentido, ¿deben asistir al llamado de las autoridades? Es claro que los jóvenes podrían ser acusados de desacato y desobediencia o incluso podrían ser multados si no lo hacen. Pero entonces, ¿de qué clase de libertad se está hablando cuando la ley debe servir para proteger los derechos y fundamentales de las personas?, ¿Estos jóvenes deben desobedecer el llamado de la autoridad o deben expresar su indignación ante el mundial próximo a realizarse?
Fuente.
María Martin, "La policía de Sao Paulo intenta vaciar la manifestación contra el mundial" [en línea], España, El País, 21 de febrero de 2014, Dirección URL:
[Consulta: 21 de febrero de 2014].
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